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03/02/2021PRÓRROGA DNI VENCIDOS HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2021 Y ADMISIÓN DNI DE MENOR DE EDAD
En atención al próximo proceso electoral, cabe señalar que el 23 de diciembre del 2020 se publicó en el diario oficial El Peruano, la Resolución Jefatural Nº 0002072020/JNAC/RENIEC, mediante la cual se dispuso: “Prorrogar excepcionalmente, a vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar, a fin de viabilizar el acceso de sus titulares para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, a partir del 1 de enero de 2021 hasta el 30 de junio de 2021”.
En ese sentido y como complemento, se publicó en el referido diario la Resolución Jefatural N° 000018-2021/JNAC/RENIEC, que indica lo siguiente:
- Precisar que la prórroga excepcional, de la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar, involucra su utilización válida como título de sufragio por parte de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Generales 2021.
- Admitir los DNI de menor de edad, como título de sufragio válido para los efectos de sufragar en las Elecciones Generales 2021.
PRECISIONES SOBRE EL DNI
Todo ciudadano peruano que porte un DNI azul (mayor de edad), amarillo (menor de edad) que cumple 18 años hasta el 11 de abril del 2021) o electrónico caduco y que figure en el padrón electoral de su circunscripción, podrá emitir su voto. Los ciudadanos peruanos que NO porten su DNI físico NO podrán votar y NO podrán ejercer el cargo de miembro de mesa.
Corresponde a los miembros de mesa la verificación de la identidad de los ciudadanos peruanos que acudan a ejercer su derecho al sufragio y la decisión sobre la aceptación o rechazo de los DNI´s que presenten.
Berna, 2 de febrero de 2021
Embajada del Perú en Suiza
Sección Consular