
Elecciones Generales 2026: Difusión de carteles de candidatos
28 de marzo de 2026La Sección Consular de la Embajada del Perú en Suiza informa que, de acuerdo con el Reglamento sobre la Participación de Personeros Electorales, aprobado mediante Resolución N° 0243-2020-JNE, el día de la elección los personeros deberán acreditarse ante los funcionarios responsables, presentando su DNI FÍSICO y la CREDENCIAL FIRMADA POR EL PERSONERO LEGAL AUTORIZADO.
Sobre los personeros:
Las organizaciones políticas pueden acreditar:
- Personeros de centro de votación, y
- Personeros de mesa de sufragio.
La acreditación solo puede ser realizada por el personero legal inscrito ante el Registro de Organizaciones Políticas del JNE (ROP) o el Jurado Electoral Especial Lima Centro 2 (JEE). No se aceptarán credenciales firmadas por otros representantes, dirigentes o candidatos.Un personero de centro de votación no puede acreditar personeros de mesa.
Presentación de la credencial:
- Traer consigo la credencial de acreditación de su partido.
- Debe estar firmada por el personero legal autorizado debidamente inscrito ante las autoridades competentes.
- Debe contener nombres y apellidos completos, DNI, tipo de personero de la persona que se acredita (de centro de votación o de mesa de sufragio).
- Debe contener nombres y apellidos completos, condición (titular o alterno), firma del personero que otorga la credencial.
- Debe contener: JEE ante el que se tramita la acreditación, nombre del centro de votación y fecha de emisión de credencial.
- No debe incluir símbolos, lemas ni propaganda política.






