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Los ciudadanos que deseen renunciar a la nacionalidad peruana pueden hacerlo mediante Escritura Pública en las Oficinas Consulares.

El procedimiento será el siguiente:

  • Identificación  del  renunciante  ante  el Cónsul mediante la presentación obligatoria   e  insustituible  del  original  del  Documento  Nacional  de Identidad (DNI).
  • Extensión de la escritura publica. El interesado puede tener acceso al modelo de la [wpfilebase tag=fileurl id=23 linktext=’Minuta para la Escritura Publica (renuncia a la nacionalidad)’ /]
  • El  interesado  entregará  al  Cónsul  el  original del DNI y los otros documentos  personales  relacionados  con  su  nacionalidad peruana, si los tuviera. (Libreta Militar y Pasaporte).
  • El Cónsul  entregará al renunciante el Testimonio de la Escritura Pública previo pago de los derechos consulares correspondientes.
  • El  Cónsul  procederá  al registro de la Escritura Pública de Renuncia Expresa de la Nacionalidad en los Registros correspondientes.

En Lima el trámite se lleva a cabo en la Dirección General de Migraciones y Naturalización.

NOTA: En nombre de sus hijos menores de edad, los padres no pueden tramitar la renuncia a la nacionalidad de éstos, pues de acuerdo a dispositivos legales actualmente vigentes, sólo los mayores de edad pueden hacerlo.

Para mayor información puede dirigirse a la Dirección General de Migraciones y Naturalización -DIGEMIN- del Ministerio del Interior. Av. España N° 730, Breña, Lima. Teléfonos:

Central               : Tel.  330-4020;
Pasaportes       : Tel.  433-3747;
Naturalización  : Tel.  433-0674;
Facsímil             : Tel.  332-1269.

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