Inscripción

Los Cónsules no están facultados para celebrar matrimonios, sólo lo están para registrar los ocurridos en su jurisdicción.

La inscripción en los Registros de Estado Civil, Sección Matrimonios de las oficinas consulares, confiere todas las obligaciones de un matrimonio, como si este acto se hubiere realizado dentro del territorio nacional. No existe fecha límite para esta inscripción. A solicitud de los interesados el Cónsul registra los matrimonios celebrados en el exterior.

REQUISITOS:

  • Ambos o por lo menos uno de los cónyuges debe ser peruano.
  • Partida de matrimonio original. Se queda en el archivo del Consulado.
  • Los nacionales se identifican mediante DNI y los extranjeros con el documento de identidad de su país o pasaporte vigente.
  • La inscripción y la primera copia de la partida son gratuitas.
  • Cancelar los derechos Consulares de US $ 6.00 (seis con 00/100 dólares), por cualquier copia certificada adicional.
  • Comunicarse previamente con el Consulado de su jurisdicción para coordinar el registro.

EN LAS ACTAS DE MATRIMONIO SE INSCRIBEN:

a.- Los matrimonios; y en las mismas actas y como observaciones se registran:

  • La declaración de nulidad por resolución judicial firme que determina la invalidez del matrimonio.
  • El divorcio.

b.- Las medidas de seguridad correspondientes y su cesación.

INSCRIPCIÓN EN EL PERÚ DE MATRIMONIO REALIZADO EN EL EXTRANJERO:

El connacional que desee inscribir su matrimonio en el Perú, habiéndose casado en el extranjero deberá:

  1. Legalizar su partida de matrimonio en el consulado correspondiente y en el Perú deberá hacerlo luego ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que surta efectos en el país.
  2. Si la partida está en idioma extranjero, esta deberá ser traducida al castellano por los Traductores Públicos Juramentados, reconocidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  3. El plazo para realizar la inscripción del matrimonio en el municipio de su residencia es de 90 días, desde la fecha de ingreso al país del ciudadano peruano, que se demuestra con el sello de ingreso en el pasaporte.

En caso no poder cumplir este trámite dentro de los noventa (90) días deberá seguir un proceso judicial no contencioso ante la Municipalidad de su residencia.

NOTA: La inscripción de matrimonio debe registrarse en el Consulado que tenga jurisdicción donde ocurrió el hecho.  Excepcionalmente se admitirán registros de matrimonio ocurridos en la jurisdicción de un Consulado peruano en  Suiza diferente a la de su residencia actual, si la partida de matrimonio originalesta previamente legalizada por el Consulado peruano donde ocurrió el hecho.

Las inscripciones de matrimonios realizadas en las oficinas consulares, así como las copias Certificadas otorgadas por éstas, tienen validez en todo el Perú.

Previamente a su presentación en cualquier institución en el Perú, las copias Certificadas deberán estar legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

IMPORTANTE:

Se informa acerca de la obligación de actualizar sus datos de estado civil en el Documento Nacional de Identidad (DNI), una vez registrado el matrimonio.