El Gobierno dispuso con fecha del 8 de mayo de 2011 la obligatoriedad de que todas las instituciones del Estado implementen un Libro de Reclamaciones, en el que los ciudadanos puedan dejar constancia de sus reclamaciones ante el servicio que reciben cuando realizan trámites en estas instancias.
La norma establece que ante un reclamo por un servicio del Estado, la entidad pública está obligada a dar respuesta al usuario, por medios físico o electrónicos, en un plazo máximo de 30 días hábiles, informándole, de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar hechos similares.
También que la Contraloría será la entidad competente, a través del órgano de control constitucional, para conocer y sancionar el incumplimiento de lo dispuesto en esta norma
Muchas gracias por su colaboración.
Embajada del Perú en Suiza
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