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27/02/2012
Berna, 23 de febrero de 2012
Circular No. 5 /2012
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Expedición de copias certificadas de Actas de libros de registro de estado civil en el Perú
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Estimado/a compatriota:
Me es grato saludarlo/a para informarle que en el marco de la política de mejora cualitativa y permanente de los servicios consulares, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú ha regulado un procedimiento alternativo que permita cumplir de manera eficiente y oportuna con la expedición en el Perú de copias certificadas de las Actas de Registro de Estado Civil asentadas en las oficinas consulares.
Como es de su conocimiento, las oficinas consulares del Perú en el exterior expiden copias certificadas de actas de nacimiento, matrimonio y defunción de los libros de registro de estado civil de hechos acaecidos e inscritos dentro de su circunscripción consular.
Con la aprobación de la Resolución Ministerial No. 0136 de fecha 10 de febrero de 2012, se ha hecho posible que la expedición de dichas actas se efectúe directamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, concretamente por la Dirección General de Comunidades Peruana en el Exterior y Asuntos Consulares (DGC) a través de la Subdirección de Trámites Consulares (TRC).
En consecuencia, de ahora en adelante los interesados podrán obtener copias certificadas de sus actas de registro de estado civil tanto en esta Sección Consular como en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores en Lima, Perú, reduciéndose el tiempo de entrega en el Perú de 3 meses a 72 horas.
Atentamente,
Pedro Pablo Delgado Hinostroza
Jefe de la Sección Consular
Embajada del Perú en Suiza