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Visas

Tabla de contenido

 


Visas temporales

La Sección Consular de la Embajada del Perú en Berna otorga visas de permanencia temporal en el Perú a ciudadanos de Suiza y del Principado de Liechtenstein o a ciudadanos extranjeros residentes en dichos países, dependiendo de las calidades migratorias mencionadas en el Reglamento Consular (DS N° 091-2011-RE) y en aplicación de La normatividad peruana que rige la entrada, salida y estancia de extranjeros en el Perú (Decreto Legislativo No. 703 y su modificatoria, el Decreto Legislativo No. 1043).

Calidades migratorias temporales Tipos de Visa

Tipos de Visa

Plazos de permanencia

Validez de los visados (*)

Turista

Negocios

Negocios ABTC

Hasta 183 días improrrogables.

12 meses a partir de la fecha de emisión por la oficina consular.

Estudiante

Hasta 90 días, prorrogables por un año.

6 meses
desde su expedición por las oficinas consulares.

Artista

Hasta 90 días prorrogables por dos veces hasta 30 días, cada prórroga dentro de un año calendario.

Religiosa, Trabajador, Trabajador designado e Independiente

Hasta por 90 días calendario, prorrogables hasta 1 año.

Tripulantes

Hasta por 48 horas, prorrogables hasta 15 días calendario.

Diplomática, Consular, Oficial, Cooperante, Intercambio, Periodista, Asilo Político y Refugio

Hasta 90 días, prorrogables.

(*) Cualquier tipo de visa temporal concedida puede ser utilizada por su titular dentro de los seis (6) meses de su expedición. Vencido ese plazo y si es que el titular no la ha utilizado, la visa caduca. En el caso de visas de turista y de negocios el plazo de utilización es de hasta doce (12) meses.
 
La visa temporal así como su prórroga en el país, permitirán al titular otros ingresos distintos del inicial, mientras tengan vigencia las mismas.

 

Los ciudadanos de Suiza y de Liechtenstein que viajen como turistas al Perú no requieren visa, pudiendo permanecer en calidad de turistas por el tiempo que determine el inspector de migraciones, de acuerdo al tiempo que deseee permanecer el turista, máximo hasta 183 días consecutivos.


Si desean permanecer más tiempo pueden pedir una prolongación en la Dirección General de Migraciones en el Perú. www.digemin.gob.pe


 

Visas de residencia

Las visas para residente se tramitan en el Perú (http://www.digemin.gob.pe), tienen una duración de un año y facultan también las entradas y salidas del territorio durante el período de vigencia de la misma.

Calidades migratorias para los extranjeros admitidos con visa de residencia

Tipos de Visa Plazos de permanencia Validez de los visados (*)
Familiar oficial
Familiar residente

Religioso
Estudiante
Trabajador
Independiente
Por un año renovable. 6 meses
desde su expedición por Digemin o las oficinas consulares.
Diplomática, consular, oficial, cooperante, intercambio, periodista, asilo político y refugio Hasta el término que fije el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Inmigrante y rentista Plazo de residencia indefinido
(*) Cualquier tipo de visa de residente concedida puede ser utilizada por su titular dentro de los seis (6) meses de su expedición. Vencido ese plazo y si es que el titular no la ha utilizado, la visa caduca.
 
La visa de residente faculta además de la residencia en el territorio nacional, las salidas y los reingresos durante el período de vigencia de la visa, de acuerdo a las normas establecidas en la Ley de Extranjería.
 
La visa de residente faculta al ciudadano extranjero gestionar el carné de extranjería ante la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior y está sujeta a las disposiciones contempladas en la Ley de Extranjería.

 


 

Requerimientos de visas para ciudadanos extranjeros

Listado de países con el régimen de visas para ingresar al Perú [PDF]

Consideraciones generales

  1. El Cónsul verifica que el beneficiario de la visa reúna los requisitos necesarios para ser acreedor de la misma a través de una entrevista personal, contrastando la información obtenida con la documentación solicitada, aplicando el principio de discrecionalidad reconocidos a los funcionarios consulares (según el art. 360º del Reglamento Consular).
  2. El Cónsul podrá denegar el otorgamiento de visas consignada en oficios emitidos por DIGEMIN, si encuentra nuevos elementos o indicios razonables que la visa y calidad migratoria no corresponde a la real intención del solicitante o se hubiese obtenido la autorización con error o fraude a ley.
  3. Las visados autorizados por DIGEMIN, tienen una validez para su recojo de 6 meses, contados a partir de la fecha de su recepción, vencido ese plazo no se pueden expedir las visas, teniendo el interesado que reiniciar su trámite en la República del Perú.
  4. La Sección Consular de la Embajada del Perú en Berna sólo puede entregar visados a ciudadanos de Suiza y de Liechtenstein y a ciudadanos extranjeros que tengan residencia legal (acreditada con permiso de residencia en sus pasaportes válidos) en Suiza y Liechtenstein.

Más información :
Modifican Reglamento Consular del Perú / DS N° 091-2011-RE

Requisitos Generales

  1. Pasaporte o documento de viaje vigentes;
  2. Pasaje o reserva de ida y vuelta;
  3. Pago del derecho correspondiente de acuerdo a la Tarifa de Derechos Consulares;
  4. Llenar formulario Solicitud de Visa DGC-005, con tinta negra, incluyendo huella digital del índice derecho y firma.
  5. Dos fotos tamaño pasaporte (35 x 43 mm) con fondo blanco a colores, sin anteojos, de frente;
  6. Entrevista personal en la que se deberá solicitar información y contrastarla con la documentación presentada.

Requisitos de acuerdo al tipo de visado

Turista

Los requisitos de una solicitud de visa de  turista ante las oficinas consulares del Perú en el exterior, además de los requisitos generales, son:

  • Reserva de hotel o paquete turístico que evidencie su calidad de turista;
  • Acreditar solvencia económica que guarde proporción con el tiempo que soliciten para permanecer en el Perú.
  • Costo : 30 Soles consulares
  • Importante : Los ciudadanos de Suiza y Liechtenstein no necesitan visa para visitar el Perú como turistas, hasta por un período de 183 días.

Negocios

Además de los consignados en los requisitos generales, presentarán:

  • Carta de solvencia económica de la empresa extranjera a la que representa durante su permanencia en Perú.
  • Carta de solvencia económica de la empresa extranjera o gremio que lo envía al Perú, en la que se precise el objeto de la visita del extranjero y plazo de la misma, y que cuenta con respaldo económico suficiente para sufragar todos los gastos durante su estadía en el país.
  • Carta de la empresa peruana, cuando el viaje esté ligado a una contraparte nacional específica, señalando el motivo y plazo del mismo, así como que cuenta con respaldo económico suficiente para sufragar sus gastos.
  • Costo : 30 Soles consulares

Estudiante ( Se debe solicitar en Perú según DS Nº 1043)

Este tipo de visas se tramitan directamente ante la Dirección General de Migraciones del Perú-DIGEMIN (www.digemin.gob.pe). Un postulante debe coordinar con la institución educativa en el Perú donde se matriculará para realizar los trámites ante DIGEMIN. Concluido el trámite en el Perú, las autoridades peruanas solicitarán a este Consulado General emitir la visa.

Además de los consignados en los requisitos generales, presentarán:

  • Constancia de matrícula expedida por el Centro Educativo con reconocimiento oficial refrendado por la autoridad competente.
  • El extranjero deberá de probar a satisfacción de la autoridad consular la percepción periódica e ininterrumpida de medios económicos para sus sostenimiento. (estados bancarios, becas, etc.)
  • Costo: 15 Soles consulares

Periodista

(Los Periodistas deben registrarse al llegar al Perú en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Dirección: Jr. Lampa 535, Lima 1, Tel. 311 24 00)

Más información y formatos : Servicios a la prensa nacional y extranjera (Ministerio de relaciones exteriores del Perú)


Artista

Este tipo de visas se tramita directamente ante la Dirección General de Migraciones del Perú-DIGEMIN (www.digemin.gob.pe). Un postulante debe coordinar con el organizador del evento en el Perú para realizar los trámites ante DIGEMIN. Concluido el trámite en el Perú, las autoridades peruanas solicitarán a este Consulado emitir la visa dentro de un plazo de 6 meses.

  • Pasaporte, vigente al menos 6 meses
  • 2 fotografías a colores tamaño pasaporte (35 x 43 mm) con fondo blanco
  • Billete de avión (ida y vuelta)
  • Autorización para la realización del espectáculo
  • Copia legalizada del contrato artístico
  • Formulario: Solicitud de Visa DGC-005, con tinta negra, con firma y huella digital (índice derecho) declarando dirección y teléfonos en el Perú.
  • Costo : 50 Soles consulares

Requisitos para que un artista extranjero trabaje en el Perú

Esta información complementa los requisitos generales señalados para la obtención de una visa de artista :


Religioso

Este tipo de visas se tramitan directamente ante la Dirección General de Migraciones del Perú-DIGEMIN (www.digemin.gob.pe).

Se deberá presentar la documentación consignada en requisitos generales.

Se deberá tener en cuenta que los visados autorizados por la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior del Perú en Lima, tienen un plazo de 6 meses para ser recogidos en este Consulado.

  • Costo : el visado es gratuito.

Trabajador temporal
  • Pasaporte, vigente al menos 6 meses
  • 2 fotografías a colores tamaño pasaporte (35 x 43 mm) con fondo blanco
  • Billete de avión (ida y vuelta)
  • Contrato de trabajo
  • Formulario: Solicitud de Visa DGC-005, con tinta negra, con firma y huella digital (índice derecho) declarando dirección y teléfonos en el Perú.
  • Costo : 25 Soles consulares

 

Si usted está en el Perú

Si usted es extranjero y está autorizado a estar en el Perú por tiempo limitado desarrollando actividades de turismo, negocios u otras, y necesita autorización para permanecer en el país por mayor tiempo desarrollando actividades que no le son permitidas con su actual situación migratoria, tales como trabajar, estudiar, invertir u otras, o necesita autorización para permanecer en el territorio peruano debido a que es miembro de la familia de un peruano o de un extranjero residente y tiene dependencia de él, deberá solicitar el cambio de su calidad migratoria a Visa Temporal o Visa de Residente, según su necesidad, ante la Dirección de Inmigración de la DIGEMIN, autoridad que luego de evaluar la documentación que presente, podrá autorizarlo otorgándole la Visa  que le permita permanecer en nuestro país desarrollando la actividad autorizada.

Los plazos de permanencia para usted en caso se le autorice la Visa son de:

  • 90 días prorrogables, en algunos casos hasta un año, para las  VISAS TEMPORALES
  • Un año renovable para las VISAS DE RESIDENCIA

 

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